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En Guatemala la institución a cargo del registro de marcas es el Registro de Propiedad Intelectual. Antes de proteger el diseño y denominación de una marca es importante identificar en que tipo y clase se encuadra.

La inscripción de una marca pude tardar de 8 a 10 meses y conlleva una serie de pasos, requisitos y gastos que se detallan a continuación.

 

PASOS Y REQUISITOS PARA INSCRIBIR UNA MARCA EN GUATEMALA:

  1. Buscar asesoría legal de abogados en Guatemala expertos en marcas.

    Durante el proceso necesitará del auxilio profesional de Abogados en Guatemala, quienes serán los que le asesorarán y acompañará durante todo el proceso de inscripción de su marca. 

  2. Búsqueda retrospectiva de la existencia de la marca que se pretende inscribir.

    Esta búsqueda es opcional, sin embargo es importante asegurarse de la existencia registral de la marca. Es decir, investigar si la marca aún no ha sido inscrita por alguien más y evitar contingencias futuras.

  3. Publicación de Edicto.

    Consiste en hacer pública la inscripción la marca con determinado nombre y diseño con el fin que cualquier persona interesada pueda oponerse a la inscripción. Es decir que en esta fase existe la posibilidad  que algún tercero presente una oposición, que permite oponerse a la inscripción de la Marca si el tercero considera que se ve afectado. La oposición tiene un trámite totalmente ajeno al trámite de inscripción de marca, el cual queda en suspenso hasta que se dilucide la oposición mencionada.

  4. Solicitud de registro de marca.

    Una vez verificada la disponibilidad, ya es prudente solicitar su inscripción. Es importante mencionar que una vez ingresada la solicitud de inscripción se tendrá el derecho prioritario sobre la marca. Es decir, que si alguna persona pretende inscribir la marca posteriormente, se protegerá preferentemente a la persona que lo haya ingresado primero. En Guatemala, la entidad encargada para registrar e inscribir una marca es el Registro de la Propiedad Intelectual, ubicado en la 7a. Avenida 7-61 zona 4, ciudad de Guatemala. En dicha solicitud se requerirá de la siguiente información y documentos.

    • Datos generales del solicitante: Nombre (puede ser una Sociedad Anónima), profesión u oficio, nacionalidad, domicilio, y dirección.
    • Nombramiento o DPI: Copia del Documento Personal de Identificación (DPI) del solicitante. Si el solicitante es una Sociedad Anónima, se requiere copia del nombramiento del Representante Legal.
    • Actividad de la marca: descripción del servicio, actividad o producto que respalda la marca.
    • Diseño: (logotipo, istotipo, etc.) de la marca. En formato png.

       

  5. Emisión del título.

    Una vez hecha la publicación ya se puede solicitar la emisión del título y la inscripción en el libro correspondiente. Con el presente título se asegura que terceros que no tengan autorización del propietario, utilicen signos idénticos o semejantes a la marca inscrita. 

TIPOS DE MARCA EN GUATEMALA.

Antes de iniciar un registro de marca en Guatemala, es importante encuadrar el tipo de marca que se pretende inscribir, para asegurar una protección efectiva.

Actualmente en Guatemala existen 4 tipos de registros marcarios:

  • Marca Tridimensional:

    Signos distintivos que están conformados por un cuerpo con volumen y que por tanto ocupa las tres dimensiones del espacio: altura, anchura y profundidad. 
    • Ejemplos:

  • Mixta:

    Integradas por elementos figurativos y denominativos. Se protege cualquier dibujo o diseño que pueda existir en la etiqueta, la palabra o diseño que pueda acompañar a la marca, la marca, el diseño (incluso colores), el estilo de la fuente y también el conjunto de estos elementos.
    • Ejemplos:
  • Señal de Publicidad:

    Leyenda, anuncio, frase, combinación de palabras, diseño, grabado o cualquier otro medio similar, siempre que sea original y característico, que se emplee con el fin de atraer la atención de los consumidores o usuarios sobre uno o varios productos, servicios, empresas o establecimientos mercantiles.
    • Ejemplos:

“NOS ENCANTA VERTE SONSEIR” (McDonald’s)

“JUST DO IT”  (Nike)

  • Marca Denominativa:

    Constituidas por expresiones pronunciables, con o sin significado. Este tipo de marca no lleva ningún diseño distintivo o gráfico.
  • Nombre Comercial:

    Signo denominativo o mixto, con el que se identifica y distingue a una empresa, a un establecimiento mercantil o a una entidad. Al igual que la anterior esta no requiere de  ningún diseño distintivo o gráfico.

 

¿CÓMO SABER SI UNA MARCA ESTÁ REGISTRADA EN GUATEMALA?

En Guatemala es muy común que un empresario y emprendedor no le dé prioridad a la inscripción de una marca o nombre comercial.

Como resultado, existen múltiples casos en los cuales después de muchos años de tener una empresa, finalmente el empresario se decide por inscribir la marca, y al momento de solicitar la inscripción se da cuenta que alguien más ya la ha inscrito.

La consecuencia es que la ley prohíbe utilizar una marca que es propiedad de alguien más y en caso contrario es posible ser demandado judicialmente por daños y perjuicios.

Si aún estas a tiempo de proteger tu marca, te recomendamos que antes realices una búsqueda retrospectiva, la cual se explica a continuación.

La Búsqueda Retrospectiva.

La búsqueda retrospectiva es una investigación que se efectúa en el Registro de Propiedad Intelectual y que se recomienda realizar antes de inscribir una marca.

Esto con la finalidad de determinar si una marca está disponible o no para inscribir, de acuerdo al diseño y nombre que se ha elegido.

Los resultados de esta búsqueda reflejan si alguien más ya ha inscrito esa marca, en cuyo caso ya no podrá ser registrado por nadie mas.

Los resultados de esta búsqueda también reflejan la probabilidad de éxito que pueda tener que un registro de marca, nombre comercial o señal de publicidad.

 

Elementos Determinantes En Una Búsqueda Retrospectiva.

En nuestra legislación, específicamente en la Ley de Propiedad Industrial (Decreto 57-2000), se regula todo lo relacionado al registro de marcas y propiedad intelectual.

Dicha normativa contempla las bases y lineamientos, que sin duda alguna deben tomarse en cuenta para poder hacer posible el registro de marca de una manera exitosa.

De tal cuenta, al momento de realizar una búsqueda retrospectiva, esta debe contener un análisis técnico-jurídico fundamentado en la ley y tener en cuenta los siguientes aspectos.

  • Con base en los productos o servicios que se desean proteger, determinar a qué clase le corresponde el signo distintivo escogido, de acuerdo a la Clasificación de Niza, la cual detalla la clasificación de las marcas de acuerdo al servicio o producto que respalda la marca.
  • Asegurarse que el nombre y diseño de la marca que se desea registrar sea lo suficientemente distintiva (original) para generar mayores posibilidades de registro. Es decir que la marca no sea idéntica o similar de una ya registrada. Tomar en consideración que no se debe utilizar referencias de marcas ya registradas, puesto que disminuye el factor distintivo.
  • Que la marca que pretende inscribir no esté contenida entre las prohibiciones de ley, tales como:
    • Que sea contraria a la moral o al orden público.
    • Que pueda causar engaño o confusión sobre la procedencia geográfica o cultura,
    • Que reproduzca o imite, total o parcialmente, el escudo bandera , símbolo, emblema de un Estado .
    • Que reproduzca monedas o billetes de curso legal.
    • Entre otros…

Recomendación.

Indudablemente el logotipo o diseño que representa un servicio o producto de cierta empresa es de suma importancia, pues con los años dicho producto o servicio adquiere prestigio y representa un activo fuerte para la empresa.

Es por ello que se recomienda que la inscripción de una marca se haga lo antes posible y que en consecuencia si realice la búsqueda retrospectiva correspondiente para asegurar los resultados de la inscripción y protección de la marca.

SIMILITUDES Y DIFERENCIAS ENTRE MARCA Y NOMBRE COMERCIAL.

Antes de registrar una marca en Guatemala es importante conocer la diferencia con el nombre comercial, pues es en el ámbito de propiedad intelectual, es común que se confundan.

Antes de explicar la diferencia entre una y otra es importante describir la definición de marca:

«Todo signo que sea apto para distinguir los productos o servicios producidos, comercializados o prestados por una persona individual o jurídica, de otros productos o servicios idénticos o similares que sean producidos, comercializados o prestados por otra».

La importancia de esta definición radica en evitar confundir la marca con un nombre comercial.

Conocer que protege cada una ellas, nos ayuda a tomar una mejor decisión de que cual de las dos debe elegir.

Como primer punto, es necesario indicar las similitudes entre marca y nombre comercial:

  • Son objeto de protección e inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual.
  • Se constituyen como una propiedad industrial y confieren derechos al titular por el registro, amparado por una patente (título otorgado a una persona con respecto a una invención).
  • Son producto del intelecto humano y el objetivo es el de garantizar las actividades económicas de la industria y del comercio contra la competencia desleal.

En cuanto a las diferencias tenemos como primer punto el concepto, pues a diferencia de la marca, el nombre comercial pretende identificar a «una empresa, establecimiento mercantil o a una entidad».

Sin embargo, como se indicó al inicio del presente artículo, la marca pretende proteger productos o servicios producidos, comercializados o prestados por una persona individual o jurídica.

En este orden de ideas, si lo que se pretende proteger, por ejemplo, es el diseño creativo impreso en un producto de consumo popular o el logotipo que identifica el servicio de un restaurante, lo que se debe inscribir es una marca.

Por otro lado, el nombre comercial se limita exclusivamente a identificar el nombre de una empresa o establecimiento. Es decir, la denominación que refleja la Patente de Comercio de Empresa.