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De acuerdo con el código civil, “la pensión de alimentos comprende todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y también la educación e instrucción del alimentista cuando es menor de edad.”

En este orden de ideas, los alimentos se refieren a todo lo que sea necesario para que el menor de edad pueda subsistir incluyendo recreación, vacaciones.

El calculó dependerá del estilo de vida y capacidad económica de los padres.

 

Procesos para solicitar una pensión alimenticia a favor de un menor de edad

A pesar de que la pensión alimenticia se puede pactar de manera privada o por un compromiso del obligado, para que la pensión se considere jurídicamente válida, es necesario que esta sea declarada por un juez del Juzgado Pluripersonal de Primera Instancia de Familia con Competencia Especifica para Procesos de Pensiones Alimenticias en un proceso denominado “oral de fijación de alimentos”.

Es importante mencionar que, aunque existe un proceso específico para fijar alimentos, también es posible fijarla dentro de un proceso de divorcio, de tal manera que no es necesario que los cónyuges se divorcien para poder fijar la pensión alimenticia a favor de un menor de edad.

 

¿Cómo se calcula el monto de la pensión?

Como se indicó anteriormente, es un juez quien fija la pensión dentro de los procesos judiciales mencionados de acuerdo con las siguientes circunstancias y criterios.

  1. Capacidad de pago del obligado: La pensión debe ser proporcional a la capacidad de pago del obligado, pues están van ligadas a las circunstancias personales y dinerarias del obligado.
  2. La pensión es complementaria: pues ambos padres deben cumplir. Esto implica que la pensión es obligación de ambos padres.
  3. Dinerarias: Las pensiones deben ser pagadas en dinero, sin embargo, existe circunstancias especiales que permiten pagarlas en especie.
  4. Circunstancias del menor. El juez también toma en cuenta las circunstancias y necesidades del momento en que se está solicitando la pensión. Esto quiere decir que en la medida que el menor de edad crezca, irán cambiando las necesidades y por ende se podrá solicitar el aumento o disminución de la pensión.

 

Pensión para Cónyuge.

También es posible solicitar la pensión alimenticia a favor de la mujer. Para esto se deberá demostrar que no ha contraído matrimonio con otra persona y demostrar la necesidad que tiene la mujer.

Al igual que la pensión a favor de menor de edad, esta será calculada de cuerdo a las condiciones y calidad de vida que tenga el cónyuge y a la capacidad de pago del hombre. En casos especiales podrá ser solicitado a favor del hombre.